Si quiero empezar a emprender en el mundo de la nutrición y me doy de alta como autónomo, ¿tengo que pagar IVA si soy entrenador personal? ¿cada cuánto tiempo?

¿Pagan IVA los dietistas?
En España el tipo general de IVA es el 21%. Esto quiere decir que, salvo que tu actividad se considere una excepción dentro de la ley que regula el IVA en España, deberías pagar este tipo impositivo.
Según el artículo 20.3 de Ley de IVA (1992) están exentos de este impuesto ‘la asistencia a personas físicas por profesionales médicos o sanitarios’ siempre y cuando vayan enfocadas a la ‘prevención y tratamiento de enfermedades’.
Y, según este apartado de la ley, se considera profesional sanitario ‘los considerados como tales en el ordenamiento jurídico’ y, entre otros, los ‘reconocidos por la administración’.

-- Fuente: Ley de IVA (1992)
Ahora toca interpretar esta ley:
- Los dietistas, a nuestro modo de ver, son profesionales sanitarios, ya que sus competencias se ordenan en una ley denominada ‘Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias’.

-- Fuente: Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (2003)
Además, las personas con el TSD pueden optar a trabajar como dietistas en la sanidad pública en diferentes comunidades autónomas.

-- Fuente: Web de Canal Oposiciones (2023)
Es decir, según esta argumentación, a efectos de la Ley de IVA, los dietistas podrían considerarse profesionales sanitarios y, por lo tanto, cumplir uno de los requisitos para estar exento de IVA.
- La actividad de elaborar dietas puede justificarse como que tiene objetivo de ‘prevenir y tratar enfermedades’, ya que puedes pedir una analítica a cada paciente y, mediante la intervención nutricional, implementar cambios nutricionales que persigan dicho fin.
Por ejemplo, si reduces el colesterol dietético de una persona y/o le pones en déficit calórico, su colesterol sanguíneo tiende a bajar.
O, si una persona empieza a realizar una alimentación basada en plantas (aumentando el consumo de fruta, verduras, hortalizas y legumbres y reduciendo el consumo de algunos productos de origen animal), tiende a prevenir más enfermedades.
Por lo que, a nuestro modo de ver, un dietista que se da de alta como autónomo podría estar exento de IVA, según ambos argumentos.
¿Cómo estar exento de IVA si eres dietista?
El primer paso es pedirle a tu gestor que ponga tu actividad como exenta de IVA y deje de hacer declaración trimestral de IVA.
Es recomendable que guardes pruebas (analíticas de pacientes, cuestionarios de autoevaluación, emails y Whatsapps, capturas de tu página web…) que traten de probar que tus servicios tienen como objetivo ‘prevenir y tratar enfermedades’. Esto es importante porque, en determinadas ocasiones, Hacienda puede invertir la carga de la prueba: que tú tengas que demostrar que tienes razón y, si no, tengas que pagar todo el IVA que no hayas pagado.
-- Por ejemplo, si te dedicases a preparar a culturistas para competir, sería difícil defender este punto, ya que se busca un fin estético e, incluso, se empeora la salud al competir en culturismo debido a la baja disponibilidad energética y bajo porcentaje graso.
Además, es importante que entiendas que, al estar exento de IVA, no podrás pedir a Hacienda que te devuelva todo el IVA que soportes (todo el IVA que pagues al comprar cosas para tu actividad empresarial).
¿Existe jurisprudencia sobre la exención de IVA en servicios dietéticos y nutricionales?
Actualmente no existe jurisprudencia al respecto. Por eso, hemos planteado una consulta vinculante a Hacienda Española para que nos confirme si nuestro razonamiento es correcto o no, a su modo de ver.
Cuando nos respondan, compartiremos su respuesta en este artículo.
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